#601• De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. |
#602• Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Sólo hay 2 cosas muy claras en este asunto: 1) El que "pierda", va a apelar y si después sigue perdiendo, irá al TAD. 2) Esto va a sentar precedente y jurisprudencia cara al futuro, por ello , tendrán que afinar y pensarse muy bien el fallo y decisión. |
#603• Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Lo ha puesto antes un compañero forero por aquí. En Marca, en otra noticia distinta a la de la denuncia, sacan dos extractos del escrito del Racing. Se basan en una ventaja competitiva del Málaga, y piden que se de el partido por ganado al Racing por 3-0. |
#604• Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Como puede ser una infracción leve saltarse una norma y sacar ventaja de su incumplimiento? |
#605• Escrito originalmente por @ARDA_96 https://www.marca.com/futbol/racing[....]08/22/5d5e943722601dd6628b458a.html "Como puede comprobarse, el Málaga CF incluyó en el acta a nueve jugadores del primer equipo y a nueve jugadores de su equipo dependiente, el Atco Malagueño, contraviniendo específicamente las limitaciones señaladas en cuanto al número de jugadores ni pertenecientes al primer equipo que pudieran ser relacionados en el acta", cita el escrito del Racing. En el tercer punto de la denuncia, el Racing añade que "el Málaga sólo debería haber inscrito a 15 jugadores en el acta (...) y con ello obtuvo una indudable ventaja competitiva al tener en el banquillo a siete suplentes, cuando la normativa sólo le permitía haber tenido cuatro...". El Racing finaliza "suplicando al Comité de Competición de la RFEF que, teniendo por presentadas estas alegaciones, la admita, y en su virtud, en caso de determinar la existencia de alineación indebida, aplique la correspondiente sanción disciplinaria determinando la pérdida del partido del club infractor por 3-0". |
#606• Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Sólo hay 2 cosas muy claras en este asunto: 1) El que "pierda", va a apelar y si después sigue perdiendo, irá al TAD. 2) Esto va a sentar precedente y jurisprudencia cara al futuro, por ello , tendrán que afinar y pensarse muy bien el fallo y decisión. Si lo que pide es incumplimiento de la normativa, estamos hablando de una infracción leve, no hay interpretación posible con el Código Disciplinario en la mano. Pero si me sacas otra norma que pueda ser interpretable, te lo agradecería mucho |
#607• Escrito originalmente por @ARDA_96 @mediozentro Escrito originalmente por @ARDA_96 https://www.marca.com/futbol/racing[....]08/22/5d5e943722601dd6628b458a.html "Como puede comprobarse, el Málaga CF incluyó en el acta a nueve jugadores del primer equipo y a nueve jugadores de su equipo dependiente, el Atco Malagueño, contraviniendo específicamente las limitaciones señaladas en cuanto al número de jugadores ni pertenecientes al primer equipo que pudieran ser relacionados en el acta", cita el escrito del Racing. En el tercer punto de la denuncia, el Racing añade que "el Málaga sólo debería haber inscrito a 15 jugadores en el acta (...) y con ello obtuvo una indudable ventaja competitiva al tener en el banquillo a siete suplentes, cuando la normativa sólo le permitía haber tenido cuatro...". El Racing finaliza "suplicando al Comité de Competición de la RFEF que, teniendo por presentadas estas alegaciones, la admita, y en su virtud, en caso de determinar la existencia de alineación indebida, aplique la correspondiente sanción disciplinaria determinando la pérdida del partido del club infractor por 3-0". Vale. Piden la alineación indebida, pero en base a qué artículos. |
#608• Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @ARDA_96 @mediozentro Escrito originalmente por @ARDA_96 https://www.marca.com/futbol/racing[....]08/22/5d5e943722601dd6628b458a.html "Como puede comprobarse, el Málaga CF incluyó en el acta a nueve jugadores del primer equipo y a nueve jugadores de su equipo dependiente, el Atco Malagueño, contraviniendo específicamente las limitaciones señaladas en cuanto al número de jugadores ni pertenecientes al primer equipo que pudieran ser relacionados en el acta", cita el escrito del Racing. En el tercer punto de la denuncia, el Racing añade que "el Málaga sólo debería haber inscrito a 15 jugadores en el acta (...) y con ello obtuvo una indudable ventaja competitiva al tener en el banquillo a siete suplentes, cuando la normativa sólo le permitía haber tenido cuatro...". El Racing finaliza "suplicando al Comité de Competición de la RFEF que, teniendo por presentadas estas alegaciones, la admita, y en su virtud, en caso de determinar la existencia de alineación indebida, aplique la correspondiente sanción disciplinaria determinando la pérdida del partido del club infractor por 3-0". Vale. Piden la alineación indebida, pero en base a qué artículos. En la noticia no ponen el escrito completo |
#609• Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Sólo hay 2 cosas muy claras en este asunto: 1) El que "pierda", va a apelar y si después sigue perdiendo, irá al TAD. 2) Esto va a sentar precedente y jurisprudencia cara al futuro, por ello , tendrán que afinar y pensarse muy bien el fallo y decisión. Sanción de 4 perras al Málaga y el año que viene modifican la sanción poniendo más dinero de multa. Ese será el precedente. |
#610• Escrito originalmente por @racingdelosbigotes Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Sólo hay 2 cosas muy claras en este asunto: 1) El que "pierda", va a apelar y si después sigue perdiendo, irá al TAD. 2) Esto va a sentar precedente y jurisprudencia cara al futuro, por ello , tendrán que afinar y pensarse muy bien el fallo y decisión. Sanción de 4 perras al Málaga y el año que viene modifican la sanción poniendo más dinero de multa. Ese será el precedente. Si hay sanción es que hay delito ¿Que gana el Racing con esa sanción económica al Malaga? |
#611• El atraco de este partido empezó con el VAR y va a acabar con esta resolución y lo sabéis... |
#613• Escrito originalmente por @Purriego5 Escrito originalmente por @racingdelosbigotes Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Sólo hay 2 cosas muy claras en este asunto: 1) El que "pierda", va a apelar y si después sigue perdiendo, irá al TAD. 2) Esto va a sentar precedente y jurisprudencia cara al futuro, por ello , tendrán que afinar y pensarse muy bien el fallo y decisión. Sanción de 4 perras al Málaga y el año que viene modifican la sanción poniendo más dinero de multa. Ese será el precedente. Si hay sanción es que hay delito ¿Que gana el Racing con esa sanción económica al Malaga? Evidentemente nada. El objetivo es que te den los tres puntos pero no creo que nos los den. |
#614• El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. |
#615• Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. ¿Que no deja dudas? Yo si fuera del Malaga no dormiria muy tranquilo, lo que esta clarisimo es que el Malaga no cumplio la norma otra cosa es como lo interprete el juez. |
#616• Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo |
#617• Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". |
#618• Escrito originalmente por @Purriego5 Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. ¿Que no deja dudas? Yo si fuera del Malaga no dormiria muy tranquilo, lo que esta clarisimo es que el Malaga no cumplio la norma otra cosa es como lo interprete el juez. El juez verá los hechos y los encajará con la norma. Había 9 canteranos en la convocatoria, sí. Pero, ¿este hecho lleva a que se deba declarar como alineación indebida la convocatoria del Málaga? ¿El que haya 9 jugadores del filial es una infracción leve, grave o muy grave según lo expresado en el Código Disciplinario? |
#619• Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Entonces no hay desconocimiento de la norma, sino más bien premeditación o "mala fe" ¿eso puede hacer que un posible castigo / multa sea mayor o daría igual? Un saludo. |
#620•• Escrito originalmente por @Gasolico Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Entonces no hay desconocimiento de la norma, sino más bien premeditación o "mala fe" ¿eso puede hacer que un posible castigo / multa sea mayor o daría igual? Un saludo. Me he expresado mal. Lo que quería decir es que creo que el Málaga sabía lo que hacía. Podían inscribir a muy pocos jugadores y completar con los del filial. El riesgo que asumían, aparentemente, era muy pequeño. Obviamente, demostrar la intencionalidad, en este caso, me parece imposible. Eso sí, en función de la gravedad que considere el encargado de decidir este asunto, y siempre teniendo en cuenta ese artículo 126 del Código Disciplinario, la sanción pueden ser cualquiera de las cosas marcadas en negrita. De hecho, para el caso que tú pones de intencionalidad, creo que no se dice nada (salvo que alguien me desmienta porque es la primera vez que trato con esta normativa y hoy he hecho un máster ). No obstante, he encontrado el artículo 88.1 del Código Disciplinario que antes comenté por aquí: "el incumplimiento, consciente y reiterado, de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, será sancionado como infracción grave y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de 602 a 3.006 euros y una o varias de las siguientes sanciones: Inhabilitación o suspensión por tiempo de un mes a dos años o de al Aquí estaríamos ante un caso de incumplimiento reiterativo de la norma y que, por lo tanto, pareciere que efectivamente lo hay porque le conviene al infractor, por lo que el tratamiento que se daría a esa infracción sería de grave en vez de leve. Per se tendrían que dar las dos circunstancias: reiteración y que fuera consciente. |
#621• Escrito originalmente por @racingdelosbigotes Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @mediozentro De momento, no sabemos cómo ha argumentado el Racing esa infracción, ni tampoco lo que pide. Estaría bien conocerlo, porque la norma me parece clarísima, salvo precepto que haya utilizado el club y que lo contradiga: El Málaga ha cometido una infracción leve que no acarrea pérdida de puntos. Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Sólo hay 2 cosas muy claras en este asunto: 1) El que "pierda", va a apelar y si después sigue perdiendo, irá al TAD. 2) Esto va a sentar precedente y jurisprudencia cara al futuro, por ello , tendrán que afinar y pensarse muy bien el fallo y decisión. Sanción de 4 perras al Málaga y el año que viene modifican la sanción poniendo más dinero de multa. Ese será el precedente. Si esto es asi, que quiten esa norma, porque es absurda. Esto lo han implantado para evitar esos partidos de copa con tropecientos jugadores del b. Si pones una restriccion de canteranos, y luego cuando alguien lo incumple le das un toque en la espalda y le dices: ¿hay que portarse bien eh?, pues como que es para pasarsela por el forro. |
#622• Escrito originalmente por @kpa8 Escrito originalmente por @yucocant2001 He visto muchos comentarios tachandonos de malos perededores, de no ser capaces de ganar a un grupo de niños, que si hemos perdido con el Atletico Malagueño, etc, aunque todos esos que nos pones verdes si el equipo "perjudicado" hubiera sido el suyo hubieran hecho lo mismo. Esta la cosa como para darse una vuelta por Malaga con la camiseta del Racing, ahora mismo estamos en boca de todas las aficiones de España con division de opiniones aunque hay algunos comentarios desagradables hacia nosotros que son bastante hirientes. Sentiria ganar asi los tres puntos que merecimos en el campo y que perdimos pero si la razon nos asiste hay que llegar hasta donde haga falta para conseguir esos puntos. Ya ves lo que nos debe preocupar que los demás hablen de nosotros, cuando todos habrían hecho lo mismo. Igual hay que sacar el listado de equipos que han ganado partidos en los despachos. Desde el ultimo que fue el cadiz con el caso cheryshev hasta el osasuna que nos quitó puntos por haber jugado un par de minutos con 4 extranjeros. Y la lista es larga... |
#623• Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Como se nota que eres del Malaga 😂😂😂,que querer meternos por los ojos que el Malaga es un santo en esto 😂😂 |
#624• Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Eso era con la normativa del año anterior .Para esta temporada cambio.. Se baaan en el argumento del año pasado en el reus-numancia |
#625• Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Como se nota que eres del Malaga 😂😂😂,que querer meternos por los ojos que el Malaga es un santo en esto 😂😂 Lo que estoy comentando es que, desde un punto de vista jurídico, es una jugada interesante de analizar y que el departamento jurídico se ha ganado bien el sueldo. Es que se han saltado una norma y quizás les caigan 600 euros. ¡Ojo! Porque lo de los 600 euros no es seguro, que puede haber inhabilitación o clausura del estadio. Pero, bueno, han jugado con ese riesgo. |
#626•• Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Eso era con la normativa del año anterior .Para esta temporada cambio.. Se baaan en el argumento del año pasado en el reus-numancia Ahm... Será que en la web de la Federación no actualizan sus normas. Pues te agradecería que me hicieras llegar la nueva normativa. Muchas gracias |
#627• Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Como se nota que eres del Malaga 😂😂😂,que querer meternos por los ojos que el Malaga es un santo en esto 😂😂 Lo que estoy comentando es que, desde un punto de vista jurídico, es una jugada interesante de analizar y que el departamento jurídico se ha ganado bien el sueldo. Es que se han saltado una norma y quizás les caigan 600 euros. ¡Ojo! Porque lo de los 600 euros no es seguro, que puede haber inhabilitación o clausura del estadio. Pero, bueno, han jugado con ese riesgo. Inhabilitación de quien? |
#628• Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. |
#629•• Escrito originalmente por @esteban_torre Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @farfope Escrito originalmente por @mediozentro El que es un puñetero crack es el departamento jurídico del Málaga, que se conocían muy bien la reglamentación y han actuado en consecuencia. El Racing está en su derecho de buscar puntos hasta debajo de las piedras, pero me parece a mí que lo tiene imposible con una regulación que no deja prácticamente dudas a la interpretación. Conocian la del año pasado que no incumplia , desde este año si . Columpiada del Malaga que ya estan reconociendo El comunicado le tenían escrito desde el mismo sábado. El Málaga sabía perfectamente que, llevando 9 canteranos, lo máximo que les podía caer era la sanción del artículo 126 del Código Disciplinario: "Incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias. El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido". Como se nota que eres del Malaga 😂😂😂,que querer meternos por los ojos que el Malaga es un santo en esto 😂😂 Lo que estoy comentando es que, desde un punto de vista jurídico, es una jugada interesante de analizar y que el departamento jurídico se ha ganado bien el sueldo. Es que se han saltado una norma y quizás les caigan 600 euros. ¡Ojo! Porque lo de los 600 euros no es seguro, que puede haber inhabilitación o clausura del estadio. Pero, bueno, han jugado con ese riesgo. Inhabilitación de quien? Exactamente, el artículo 126 habla de "inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros". Pero es el artículo 53 el que se refiere a la sanción de inhabilitación: "La inhabilitación lo será para toda clase de actividades en la organización deportiva del fútbol". Respecto a la suspensión, está el artículo 55, que es "la prohibición de alinearse, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios y en caso de los técnicos además de las prohibiciones antedichas, la de situarse en las inmediaciones del banquillo y la de dar instrucciones de cualquier índole y por cualquier medio a los que participen en el encuentro". Edito: Es decir, que a Víctor le metan tres partidos de sanción, y a Caminero un mes y medio de inhabilitación para "la organización deportiva del fútbol". |
#630• Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. Pues es un razonamiento que tiene todo el sentido, la verdad. No sé si la impugnación del Racing ha tirado por esa vía para defender que una convocatoria indebida supone a la postre una alineación indebida. |
#631• Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. El Racing ha lanzado por ahí su reclamación. Opciones que nos dé la razón el Compité el Miércoles?Escasas. Esto va a acabar en el TAD? Si. La decisión sentará precedente y jurisprudencia porque nuca ha sucedido antes. Vamos a estar con esta película "colgando" no menos de mes y medio. |
#632• Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. El Racing ha lanzado por ahí su reclamación. Opciones que nos dé la razón el Compité el Miércoles?Escasas. Esto va a acabar en el TAD? Si. La decisión sentará precedente y jurisprudencia porque nuca ha sucedido antes. Vamos a estar con esta película "colgando" no menos de mes y medio. No tiene importancia, pero como lo he leído varias veces conviene matizarlo para ser precisos en los términos: jurisprudencia solo la sienta el Tribunal Supremo. El TAD sentará precedente/doctrina, pero no jurisprudencia. |
#633• Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. El Racing ha lanzado por ahí su reclamación. Opciones que nos dé la razón el Compité el Miércoles?Escasas. Esto va a acabar en el TAD? Si. La decisión sentará precedente y jurisprudencia porque nuca ha sucedido antes. Vamos a estar con esta película "colgando" no menos de mes y medio. Tú ayer decías esto: Cita: Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Y lo que pide el Racing es: Cita: El Racing finaliza "suplicando al Comité de Competición de la RFEF que, teniendo por presentadas estas alegaciones, la admita, y en su virtud, en caso de determinar la existencia de alineación indebida, aplique la correspondiente sanción disciplinaria determinando la pérdida del partido del club infractor por 3-0". ¿Qué recorrido puede tener? |
#634• La liga y la federación son una mafia demasiado grande como para que nosotros pintemos algo allí con este tipo de cosas. Se habrán descojonado y no vamos a hacer nada más que ganar enemigos en Málaga |
#635• Escrito originalmente por @RacingSp La liga y la federación son una mafia demasiado grande como para que nosotros pintemos algo allí con este tipo de cosas. Se habrán descojonado y no vamos a hacer nada más que ganar enemigos en Málaga Y dale. Lo siento pero me cabrea mucho esto. Primero, porque entre la LFP y la RFEF no se pueden ver el pelo y lo segundo, porque no, el mundo no está en nuestra contra y no hay entes extraños haciendo el vacío. Y además, que hablemos eso cuando por fin tenemos representantes del fútbol cántabro, por muy mal que caigan, tanto en RFEF como en los órganos de gobierno de la LFP. Salga o no salga será por argumentos jurídicos, como bien están debatiendo ahí arriba los que saben. |
#636• Escrito originalmente por @mediozentro Escrito originalmente por @marquesalqueria Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. El Racing ha lanzado por ahí su reclamación. Opciones que nos dé la razón el Compité el Miércoles?Escasas. Esto va a acabar en el TAD? Si. La decisión sentará precedente y jurisprudencia porque nuca ha sucedido antes. Vamos a estar con esta película "colgando" no menos de mes y medio. Tú ayer decías esto: Cita: Racing no está pidiendo "alineación indebida", porque sabe perfectamente que eso no ha ocurrido. Está reclamando los puntos por "incumplimiento de la normativa". Y lo que pide el Racing es: Cita: El Racing finaliza "suplicando al Comité de Competición de la RFEF que, teniendo por presentadas estas alegaciones, la admita, y en su virtud, en caso de determinar la existencia de alineación indebida, aplique la correspondiente sanción disciplinaria determinando la pérdida del partido del club infractor por 3-0". ¿Qué recorrido puede tener? Por muchas vueltas que le demos, no sabemos en que va a acabar esto. El racing deja caer que hay una alineacion indebida porque el malaga en la convocatoria infringe una normativa. |
#637• Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. Bien sintetizado, con logica y con sentido comun. Si pones una normativa que no penaliza el incumplirla pues quitala, o haz que si penalice. |
#638• Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. Bien sintetizado, con logica y con sentido comun. Si pones una normativa que no penaliza el incumplirla pues quitala, o haz que si penalice. El tema es que dicho incumplimiento sí está penalizado, aunque dicha penalización será rídicula con el actual Código Disciplinario en la mano. Yo creo que cuando se redactaron las Bases de Competición de este año, el espíritu de la redacción de la infracción en la convocatoria era que tuviera la misma penalización que la alineación indebida. El tema es que este término, sí tiene una sanción específica para su incumplimiento, no así la "convocatoria indebida". Es el problema de que no se haya actualizado el Código Disciplinario en consonancia, o, si se ha hecho, se haya hecho mal al olvidar incluir dentro de la sanción por alineación indebida, el supuesto de convocatoria indebida. Por lo tanto, como bien dice el compañero @mediozentro, para sancionar la infracción en la convocatoria, solo te puedes ir al artículo que sanciona el incumplimiento de bases, reglamentos, etc (creo que dice algo así) que no estén considerados como incumplimientos graves oi muy graves según el actual Código Disciplinario (la alineación indebida es incumplimiento muy grave). Es decir, ese artículo es como la caja de pandora, en él se incluye cualquier incumplimiento que no pueda subsumirse en ninguno de los demás artículos, como parece ser este caso. |
#639• Escrito originalmente por @Harvey.S Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. Bien sintetizado, con logica y con sentido comun. Si pones una normativa que no penaliza el incumplirla pues quitala, o haz que si penalice. El tema es que dicho incumplimiento sí está penalizado, aunque dicha penalización será rídicula con el actual Código Disciplinario en la mano. Yo creo que cuando se redactaron las Bases de Competición de este año, el espíritu de la redacción de la infracción en la convocatoria era que tuviera la misma penalización que la alineación indebida. El tema es que este término, sí tiene una sanción específica para su incumplimiento, no así la "convocatoria indebida". Es el problema de que no se haya actualizado el Código Disciplinario en consonancia, o, si se ha hecho, se haya hecho mal al olvidar incluir dentro de la sanción por alineación indebida, el supuesto de convocatoria indebida. Por lo tanto, como bien dice el compañero @mediozentro, para sancionar la infracción en la convocatoria, solo te puedes ir al artículo que sanciona el incumplimiento de bases, reglamentos, etc (creo que dice algo así) que no estén considerados como incumplimientos graves oi muy graves según el actual Código Disciplinario (la alineación indebida es incumplimiento muy grave). Es decir, ese artículo es como la caja de pandora, en él se incluye cualquier incumplimiento que no pueda subsumirse en ninguno de los demás artículos, como parece ser este caso. Por hacerlo mas sencillo, yo me refiero a que si al malaga le meten 600 euros de sancion por meter mas de 6 jugadores del filial en la convocatoria, esa normativa no tiene sentido alguno. Porque ya me contaras que clase de "castigo" es que a un equipo de 20 millones de presupuesto (o de 600 como el madrid o el barcelona), le metan una sancion de 600 euros. Esto es como cuando a los centros comerciales les ponian multa por abrir un domingo y ganaban 10 veces mas que el coste de la multa. Si tu te sacas de la manga una normativa para evitar que se devalue la competicion con equipos metiendo a 10 chavales en una convocatoria, penalizalo en condiciones, o si no lo haran igual. |
#640• Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Harvey.S Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Santanderino Si sólo pueden convocar a 6 jugadores del filial y convocan a 9, esto quiere decir que la convocatoria de esos jugadores es irregular. En el momento en que alguno de esos jugadores interviene en el partido debería considerarse alineación indebida, puesto que ha sido convocado irregularmente. Y la excusa de que sólo cuentan los 5 que han jugado, se cae por su propio peso, porque si sólo cuentan los que juegan la norma deja de tener ningún sentido. Entiendase esto como un análisis lógico de la situación, en terminos legales ni repajolera idea. Bien sintetizado, con logica y con sentido comun. Si pones una normativa que no penaliza el incumplirla pues quitala, o haz que si penalice. El tema es que dicho incumplimiento sí está penalizado, aunque dicha penalización será rídicula con el actual Código Disciplinario en la mano. Yo creo que cuando se redactaron las Bases de Competición de este año, el espíritu de la redacción de la infracción en la convocatoria era que tuviera la misma penalización que la alineación indebida. El tema es que este término, sí tiene una sanción específica para su incumplimiento, no así la "convocatoria indebida". Es el problema de que no se haya actualizado el Código Disciplinario en consonancia, o, si se ha hecho, se haya hecho mal al olvidar incluir dentro de la sanción por alineación indebida, el supuesto de convocatoria indebida. Por lo tanto, como bien dice el compañero @mediozentro, para sancionar la infracción en la convocatoria, solo te puedes ir al artículo que sanciona el incumplimiento de bases, reglamentos, etc (creo que dice algo así) que no estén considerados como incumplimientos graves oi muy graves según el actual Código Disciplinario (la alineación indebida es incumplimiento muy grave). Es decir, ese artículo es como la caja de pandora, en él se incluye cualquier incumplimiento que no pueda subsumirse en ninguno de los demás artículos, como parece ser este caso. Por hacerlo mas sencillo, yo me refiero a que si al malaga le meten 600 euros de sancion por meter mas de 6 jugadores del filial en la convocatoria, esa normativa no tiene sentido alguno. Porque ya me contaras que clase de "castigo" es que a un equipo de 20 millones de presupuesto (o de 600 como el madrid o el barcelona), le metan una sancion de 600 euros. Esto es como cuando a los centros comerciales les ponian multa por abrir un domingo y ganaban 10 veces mas que el coste de la multa. Si tu te sacas de la manga una normativa para evitar que se devalue la competicion con equipos metiendo a 10 chavales en una convocatoria, penalizalo en condiciones, o si no lo haran igual. Sí, @ociepa, si en eso estamos totalmente de acuerdo. Yo solo reflejo cómo está la normativa actualmente, y aplicándola a rajatabla la sanción que sale es esa. Lo que no quita que yo opine que está mal hecha, pero como tantas y tantas normativas en este país... Ahora, ¿que puede llegar el Comité de Competición y hacer una interpretación extensiva de la norma referida a "alineación indebida" para aplicarla a la infracción en la convocatoria?. Pues también sería posible, pero el Málaga tendría también argumentos sólidos para recurrirla. Vamos, que como dicen por ahí, esto va a llegar al TAD sí o sí. |
ATENCIÓN: Este tema no tiene actividad desde hace más de 6 MESES, te recomendamos abrir un nuevo tema en lugar de responder al actual |
Opciones: Ir al subforo: |
Permisos: TU NO PUEDES Escribir nuevos temas TU NO PUEDES Responder a los temas TU NO PUEDES Editar tus propios mensajes TU NO PUEDES Borrar tus propios mensajes |
Temas similares | |||||
Tema | Autor | Respuestas | Visitas | Última respuesta | |
---|---|---|---|---|---|
Por: Castro2, el 16/Nov/2024, 23:24 | 16/Nov/2024, 23:24 | 65 | 5k | Ayer, 14:19 coropota | |
Por: ARDA_96, el 30/Oct/2023, 13:30 | 30/Oct/2023, 13:30 | 286 | 14k | 05/Nov/2023, 00:10 racingdelosbigotes | |
Por: alber_teka, el 18/Feb/2019, 07:42 | 18/Feb/2019, 07:42 | 106 | 5k | 25/Feb/2019, 21:37 Racinguidealista | |
Por: alber_teka, el 10/Abr/2017, 09:42 | 10/Abr/2017, 09:42 | 75 | 8k | 23/Feb/2018, 20:48 DDG-Racing-1984 | |
Por: 19dani13, el 30/Ene/2017, 11:58 | 30/Ene/2017, 11:58 | 120 | 12k | 08/Feb/2017, 18:06 Castro2 |