¿Cuando sale la novia de cuentas? Por ver luz, una mudanza con la novia apunto o una recién nacida no creo que sea lo más cómodo. |
Escrito originalmente por @Gianluigi99 ¿Cuando sale la novia de cuentas? Por ver luz, una mudanza con la novia apunto o una recién nacida no creo que sea lo más cómodo. Ni Puerta ni su mujer tendrían que portear cajas de cartón, ni bajar por el balcón el chaiselonge, ni pintar la habitación a golpe de rodillo. Lo único, a partir de la semana 36 se recomienda, e incluso se prohíbe muchas veces, que las embarazadas no viajen en avión. 😅 |
Escrito originalmente por @Bajamar_77 Escrito originalmente por @Gianluigi99 ¿Cuando sale la novia de cuentas? Por ver luz, una mudanza con la novia apunto o una recién nacida no creo que sea lo más cómodo. Ni Puerta ni su mujer tendrían que portear cajas de cartón, ni bajar por el balcón el chaiselonge, ni pintar la habitación a golpe de rodillo. Lo único, a partir de la semana 36 se recomienda, e incluso se prohíbe muchas veces, que las embarazadas no viajen en avión. 😅 Claro claro, lo primero lo daba por sentado que no iba a hacer el esfuerzo del común de los mortales. Sobre lo segundo, también recomiendan que los bebes no viajen en avion hasta los dos meses y si es por carretera parando cada hora. ¡El tiempo juega a nuestro favor!😝 |
Escrito originalmente por @Gianluigi99 ¿Cuando sale la novia de cuentas? Por ver luz, una mudanza con la novia apunto o una recién nacida no creo que sea lo más cómodo. Chema dijo la semana pasada que la chica salía de cuentas sobre el 15 o 20 de Septiembre. |
Escrito originalmente por @Kariaka Escrito originalmente por @P0chi Si va a dar a luz en menos de 1 mes, ella fijo que no se mueve de aquí. Él no se🤣🤣 Teniendo en cuenta que en cuanto nazca puede adquirir la nacionalidad española es obvio. La nacionalidad española no se adquiere directamente porque nazca en España, se adquiere únicamente si uno de tus progenitores es español o posteriormente puede optar a la nacionalidad por arraigo |
•• Escrito originalmente por @Fr4y Escrito originalmente por @Kariaka Escrito originalmente por @P0chi Si va a dar a luz en menos de 1 mes, ella fijo que no se mueve de aquí. Él no se🤣🤣 Teniendo en cuenta que en cuanto nazca puede adquirir la nacionalidad española es obvio. La nacionalidad española no se adquiere directamente porque nazca en España, se adquiere únicamente si uno de tus progenitores es español o posteriormente puede optar a la nacionalidad por arraigo Con Colombia si, si nace en España puede coger la nacionalidad por simple presunción |
Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. Mi caso personal. 1 año de residencia legal para la nacionalidad de mi esposa, 2 años de residencia legal para mi suegra. Y el trámite me ha venido a durar unos 9 meses para mi esposa y el de mi suegra lleva 8 meses y está en la última fase. La nacionalidad por presunción no es automática y tienes que justificarla . |
Escrito originalmente por @Fr4y Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. Mi caso personal. 1 año de residencia legal para la nacionalidad de mi esposa, 2 años de residencia legal para mi suegra. Y el trámite me ha venido a durar unos 9 meses para mi esposa y el de mi suegra lleva 8 meses y está en la última fase. La nacionalidad por presunción no es automática y tienes que justificarla . https://madrid.consulado.gov.co/sal[....]-en-consulado-de-colombia-en-madrid obvio, pero vamos el trámite es que no aparezca en el registro civil de Colombia... tu crees que un jugador de fútbol no lo hará? |
Escrito originalmente por @Kariaka Escrito originalmente por @Fr4y Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. Mi caso personal. 1 año de residencia legal para la nacionalidad de mi esposa, 2 años de residencia legal para mi suegra. Y el trámite me ha venido a durar unos 9 meses para mi esposa y el de mi suegra lleva 8 meses y está en la última fase. La nacionalidad por presunción no es automática y tienes que justificarla . https://madrid.consulado.gov.co/sal[....]-en-consulado-de-colombia-en-madrid obvio, pero vamos el trámite es que no aparezca en el registro civil de Colombia... tu crees que un jugador de fútbol no lo hará? Hasta donde se, tendrías que justificar que tu hijo no puede recibir la nacionalidad colombiana para poder adquirir la española. Que seguramente haya maneras y los abogados sepan hacer las trampas necesarias no te lo discuto, pero en principio, no recibes la nacionalidad española directamente |
Escrito originalmente por @Fr4y Escrito originalmente por @Kariaka Escrito originalmente por @Fr4y Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. Mi caso personal. 1 año de residencia legal para la nacionalidad de mi esposa, 2 años de residencia legal para mi suegra. Y el trámite me ha venido a durar unos 9 meses para mi esposa y el de mi suegra lleva 8 meses y está en la última fase. La nacionalidad por presunción no es automática y tienes que justificarla . https://madrid.consulado.gov.co/sal[....]-en-consulado-de-colombia-en-madrid obvio, pero vamos el trámite es que no aparezca en el registro civil de Colombia... tu crees que un jugador de fútbol no lo hará? Hasta donde se, tendrías que justificar que tu hijo no puede recibir la nacionalidad colombiana para poder adquirir la española. Que seguramente haya maneras y los abogados sepan hacer las trampas necesarias no te lo discuto, pero en principio, no recibes la nacionalidad española directamente Tengo entendido, no es que no pueda, es que todavía no lo hizo. Allí en el enlace es u certificado que se coge online en el momento. De todas formas es lo que tu dices. Un abogado de un futbolista lo arregla en un minuto. Dicho esto. Ya comenté hace unas semanas que lo que le convendría a Puerta es estar otro año aquí, ser comunitario y luego tendría una condiciones inmejorables para fichar por cualquier club |
Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. un año si la persona esta casada con ciudadano/a español. Como vemos en el caso personal que nos cuenta @Fr4y |
Escrito originalmente por @tchitegol Todo sea que se coja el permiso de paternidad Legalmente podría, creo que un jugador lo hizo el año pasado. |
De seguro está con un tal Santi Yepes que debe ser uno de sus representante, que me les cruce el viernes por la noche que entraban a Gómez a por pasteles |
Escrito originalmente por @racinguista44 De seguro está con un tal Santi Yepes que debe ser uno de sus representante, que me les cruce el viernes por la noche que entraban a Gómez a por pasteles pues que se los coma el, que no los lleve pa casa |
Llegados a este punto, que yo nunca pensé verlo de nuevo jugando con nosotros, su permanencia en el equipo debe ser prioritaria, apostar todo lo que haga falta. De que se quede o se vaya dependen en gran parte nuestras opciones. |
Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. un año si la persona esta casada con ciudadano/a español. Como vemos en el caso personal que nos cuenta @Fr4y Llevar un año casado con español o española, eso es (arrtículo 22.2.d) del Código Civil). Y respecto a los nacionales colombianos, al igual que todos los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes, podrán adquirir la nacionalidad española tras residir legalmente dos años en España (art.22.1): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763&p=20250103&tn=1#art22 Por si acaso miré en el tratado de doble nacionalidad entre España y Colombia, por si ponía algo diferente, pero no, para adquirir la nacionalidad española se requiere haber residido legalmente en España como mínimo 2 años (art.1): |
Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. España es ius sanguinis y otros paises como EEUU son ius solis. Básicamente la mayoría de Europa se pasa de padres a hijos la nacionalidad (como otras cosas) pero en ius solis es por nacer allí. Hay casos como si una pareja americana tiene sus hijos en España serían apátridas. Mi hija nació en Irlanda y aunque no reconocían la doble nacionalidad (no hay tratado entre Irlanda y España) tuvo ambos pasaportes. Pero el Irlandés no por nacer allí sino porque cumplíamos unos requisitos de haber trabajado allí X años antes de su nacimiento. El de España lo obtuvo por ser hija nuestra sin más. Estas son pijadas que te enteras cagando en el baño ahora que tenemos móviles y ya no lees los champús. |
Escrito originalmente por @Wallack Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. España es ius sanguinis y otros paises como EEUU son ius solis. Básicamente la mayoría de Europa se pasa de padres a hijos la nacionalidad (como otras cosas) pero en ius solis es por nacer allí. Hay casos como si una pareja americana tiene sus hijos en España serían apátridas. Mi hija nació en Irlanda y aunque no reconocían la doble nacionalidad (no hay tratado entre Irlanda y España) tuvo ambos pasaportes. Pero el Irlandés no por nacer allí sino porque cumplíamos unos requisitos de haber trabajado allí X años antes de su nacimiento. El de España lo obtuvo por ser hija nuestra sin más. Estas son pijadas que te enteras cagando en el baño ahora que tenemos móviles y ya no lees los champús. No tengo ni idea de derecho norteamericano, pero lo acabo de buscar. Si una pareja de nacionales estadounidense tuvieran sus hijos en España, además de que los hijos no serían español nada más nacer (necesitaría vivir legalmente un año desde su nacimiento en territorio español -art.22.2.a) del Código Civil- para reclamarla), tendrían la nacionalidad de los padres. Es que en los convenios internacionales se persigue que no existan apatridas, es decir, que se busca que todas las personas tengan una nacionalidad. |
Escrito originalmente por @Wallack Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. España es ius sanguinis y otros paises como EEUU son ius solis. Básicamente la mayoría de Europa se pasa de padres a hijos la nacionalidad (como otras cosas) pero en ius solis es por nacer allí. Hay casos como si una pareja americana tiene sus hijos en España serían apátridas. Mi hija nació en Irlanda y aunque no reconocían la doble nacionalidad (no hay tratado entre Irlanda y España) tuvo ambos pasaportes. Pero el Irlandés no por nacer allí sino porque cumplíamos unos requisitos de haber trabajado allí X años antes de su nacimiento. El de España lo obtuvo por ser hija nuestra sin más. Estas son pijadas que te enteras cagando en el baño ahora que tenemos móviles y ya no lees los champús. Pasasteis más de 5 años en Irlanda, ¿verdad? Yo estoy en una situación similar y estoy pensando en sacarme la nacionalidad por si acaso. Supongo que no hay una ventaja muy grande en el día a día respecto a vivir con el pasaporte español. |
Escrito originalmente por @vicented10s Escrito originalmente por @Wallack Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. España es ius sanguinis y otros paises como EEUU son ius solis. Básicamente la mayoría de Europa se pasa de padres a hijos la nacionalidad (como otras cosas) pero en ius solis es por nacer allí. Hay casos como si una pareja americana tiene sus hijos en España serían apátridas. Mi hija nació en Irlanda y aunque no reconocían la doble nacionalidad (no hay tratado entre Irlanda y España) tuvo ambos pasaportes. Pero el Irlandés no por nacer allí sino porque cumplíamos unos requisitos de haber trabajado allí X años antes de su nacimiento. El de España lo obtuvo por ser hija nuestra sin más. Estas son pijadas que te enteras cagando en el baño ahora que tenemos móviles y ya no lees los champús. Pasasteis más de 5 años en Irlanda, ¿verdad? Yo estoy en una situación similar y estoy pensando en sacarme la nacionalidad por si acaso. Supongo que no hay una ventaja muy grande en el día a día respecto a vivir con el pasaporte español. Si, para la niña era si en los 4 últimos años anteriores al nacimiento al menos uno de los padres trabajó a tiempo completo durante 3, la niña tenía la nacionalidad. Pero no puedes tener Española e Irlandesa, de hecho el pasaporte nuestro es de lo mejorcito. Nosotros le sacamos los dos porque antes de los 18 puedes tener dos, pero principalmente porque el Español tardaba mucho y queríamos viajar con la peque. |
Escrito originalmente por @Wallack Escrito originalmente por @Castro2 Yo lo que estoy encontrando es que los colombianos con un año de residencia ya pueden solicitar la nacionalidad (Puerta aún no lo ha cumplido 😁) y que los hijos de colombianos no adquieren nacionalidad española por nacer en España. España es ius sanguinis y otros paises como EEUU son ius solis. Básicamente la mayoría de Europa se pasa de padres a hijos la nacionalidad (como otras cosas) pero en ius solis es por nacer allí. Hay casos como si una pareja americana tiene sus hijos en España serían apátridas. Mi hija nació en Irlanda y aunque no reconocían la doble nacionalidad (no hay tratado entre Irlanda y España) tuvo ambos pasaportes. Pero el Irlandés no por nacer allí sino porque cumplíamos unos requisitos de haber trabajado allí X años antes de su nacimiento. El de España lo obtuvo por ser hija nuestra sin más. Estas son pijadas que te enteras cagando en el baño ahora que tenemos móviles y ya no lees los champús.
La de tiempo que perdi yo leyendo el marca o el DM mientras cagaba cuando era joven |
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