#201• Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). |
#202• Ya es oficial. |
#203• Entonces,este verano no viene? |
#205• Pedazo de fichaje que ha hecho el Mallorca. En dos años lo vende por 15 millones. Al tiempo |
#206• Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. |
#207• Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. |
#208• Pues habrá que seguir al Mallorca este año. Nada más me gustaría que se salga... pero allí también se lo va a tener que ganar, que competencia va a tener |
#209• Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? |
#210• Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". |
#211• Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". LA virgen del pilar, pues yo llevo años leyendo la cuenta de la vieja en todos los medios. No digo que no tengas razón, dios me libre, porque no conozco este tema en profundidad, pero si que me llama la atención no haber visto una cuenta similar en ningun medio de comunicación, que igual la hay eh? pero siempre he visto la cuenta facil. Si es como dices te doy las gracias por arrojar un poco de luz, a ver si tiro con arco nos leen y dan para hacer una explicacion como la tuya. |
#212• Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". Muchas gracias!! Ahora entiendo las decadas que llevamos escuchando vaguedades sobre este tipo de clausulas y posibles ingresos extraordinarios. Como para que cualquier periodista de la región se ponga a intentar analizar esto, comprenderlo y luego explicárselo a los oyentes/lectores... |
#213• Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". LA virgen del pilar, pues yo llevo años leyendo la cuenta de la vieja en todos los medios. No digo que no tengas razón, dios me libre, porque no conozco este tema en profundidad, pero si que me llama la atención no haber visto una cuenta similar en ningun medio de comunicación, que igual la hay eh? pero siempre he visto la cuenta facil. Si es como dices te doy las gracias por arrojar un poco de luz, a ver si tiro con arco nos leen y dan para hacer una explicacion como la tuya. Hay bastantes foros y cuentas en Twitter que lo explican bien. BigSoccer posiblemente sea uno de los más completos. Spoiler: |
#214• Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". Muchas gracias!! Ahora entiendo las decadas que llevamos escuchando vaguedades sobre este tipo de clausulas y posibles ingresos extraordinarios. Como para que cualquier periodista de la región se ponga a intentar analizar esto, comprenderlo y luego explicárselo a los oyentes/lectores... Me iria mas alla, yo no lo veo en medios nacionales como marca, as, sport, deportivo ... pedirselo a OGM ya ni cuento. Por eso estaria bien preguntarselo a los de arco a ver si investigan, porque si que creo que al menos llamarian a alguien entendido en la materia para arrojar luz. |
#215• Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". Muchas gracias!! Ahora entiendo las decadas que llevamos escuchando vaguedades sobre este tipo de clausulas y posibles ingresos extraordinarios. Como para que cualquier periodista de la región se ponga a intentar analizar esto, comprenderlo y luego explicárselo a los oyentes/lectores... Me iria mas alla, yo no lo veo en medios nacionales como marca, as, sport, deportivo ... pedirselo a OGM ya ni cuento. Por eso estaria bien preguntarselo a los de arco a ver si investigan, porque si que creo que al menos llamarian a alguien entendido en la materia para arrojar luz. El que suele hablar para arco sobre todo para temas de balances cuando las juntas y demas, que es bastante activo en tuiter y no recuerdo ahora su nombre, seguro que sabe como van estas historias. |
#217• Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". Muchas gracias!! Ahora entiendo las decadas que llevamos escuchando vaguedades sobre este tipo de clausulas y posibles ingresos extraordinarios. Como para que cualquier periodista de la región se ponga a intentar analizar esto, comprenderlo y luego explicárselo a los oyentes/lectores... Me iria mas alla, yo no lo veo en medios nacionales como marca, as, sport, deportivo ... pedirselo a OGM ya ni cuento. Por eso estaria bien preguntarselo a los de arco a ver si investigan, porque si que creo que al menos llamarian a alguien entendido en la materia para arrojar luz. El que suele hablar para arco sobre todo para temas de balances cuando las juntas y demas, que es bastante activo en tuiter y no recuerdo ahora su nombre, seguro que sabe como van estas historias. ¿ Puede ser Manuexma? |
#218• Si, ya lo puso castro mas arriba. |
#219• Escrito originalmente por @chises66 Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @Santanderino Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @avenidadelstadium Escrito originalmente por @tchitegol Escrito originalmente por @ociepa Escrito originalmente por @Castro2 Entiendo que esos derechos de formación de los que hablan, no serán derechos de formación, sino el porcentaje de la futura venta. https://www.mundodeportivo.com/futb[....]e-resuelvan-derechos-formacion.html Han oido campanas y no saben donde. Eso me parece a mí Me huele el % de futuro traspaso que tendrán que mirar como computa. Si es del total del montante da igual, si es beneficio con respecto de la compra no Lo debatido la semana pasada, viendo el percal, Barcelona dura que 0 que compró por 5 y vende por 5 y el Racing dirá que vende por 5 la mitad del jugador. Me repito más que el ajo, pero esa cuenta no existe. Hay que restar la amortización. A partir de 1,75m es beneficio, con lo cuál entra en el reparto. Cómo siempre, ni un periodista sin saber hacer las matemáticas más básicas. Dependerá lo que esté redactado, si se pone por ejemplo 10% de la cantidad del futuro traspaso que supere los 5 millones. Yo eso de la amortización no lo he oído nunca. Pues lleva unos 30 años en los planes. Básicamente desde que Florentino amortizó activos en un año porque en la LFP eran imbéciles y tuvieron que cambiar el método contable y equipararlo al de cualquier industria. Si el contrato está redactado de la manera que indicas habría que tirar por el faro al abogado que lo redactó, porque no he visto eso en mi vida y he visto muchos traspasos de activos. En tu balance de situación el valor del activo "Pablo Torre" ahora mismo es 1.75m (esto tiene NADA que ver con el valor de mercado; tu activo "Lamine Yamal" tiene valor cero en papel). Financieramente, todo dinero que entre por encima de eso se considera beneficio y eres susceptible que pagar impuestos por ello (asumiento que todo lo demás está a cero, etc., pero por entendernos). En el 99,99% de los casos, es el mismo momento donde entran en juego todos las otras claúsulas. Será así, no te digo que no, pero yo raro es el día que no leo en prensa, Madrid o Barcelona, tal equipo vende un exjugador de ellos por 10 y les corresponde el 50% y dicen 5 millones. Eso no tiene nada que ver con la amortización, sino con la tenencia de derechos. Estás mezclando cosas. Se puede tener el 50% de los derechos sobre un activo, y que cuando eso se ejecute, active otro contrato entre dos entidades diferentes. Vamos, de hecho no es raro, especialmente con los futbolistas que vienen de Hispanoamérica o de equipos como el Oporto. Los compromisos que luego tengan RM/FCB con terceros los tienen que saldar ellos, no el equipo del que sale el dinero (salvo que venga de una aseguradora, pero eso es otra película). Si si no digo que lo salde el mallorca, pero para entendernos. Si ahora el barcelona dice no te doy nada porque he recibido 5 y te pague 5, ya no voy a entrar en amortizaciones y demas, voy a la cuenta facil, pues cuando llegue la juve y pague 25 al mallorca por torre, al barcelona le llueven 12,5 millones, el 50% del traspaso. Y al Racing le deberian dar el 5-10-20 o lo que tenga de esos 12,5 kilos porque los primeros 5 se consideraron como los 5 que pago el barcelona. Logicamente el mallorca no le da nada, sera la liga la que debiera bloquearlo de lo que va a recibir el barcelona. El Barça no puede decir eso. No está manos de un Club (o de una empresa) el cómo decidirlo. Tú no puedes decidir si amortizas o no. Eso es lo que te explicaba al principio que cambió hace 30 años. Hay unos criterios cerrados: tú tienes que amortizar cada año la parte proporcional del traspaso entre los años del primer contrato, y a partir de ahí vas contabilizando el activo. Punto. No hay opiniones. Tampoco estoy diciendo que lo salde el Mallorca. Es justo al revés. El responsable es el FCB. Y no tiene nada que ver con La Liga, sino la legislación mercantil. Pregunto desde el total desconocimiento. (a) Si del fichaje ya estaban amortizados 3 años quiere decir que todo lo que saque el Barcelona por encima de 1,25 es beneficio contable. Luego tendríamos un porcentaje de esos 3,75 millones. (b) ¿Pero como contabilizaría el otro 50% que se guarda el Barcelona una vez expirado y/o amortizado el primer contrato? El 100%? El 0%? (c) ¿Y es diferente, desde el punto de vista contable, lo que ha hecho el Barcelona de lo que hizo el Racing(Vender el 50% o reservarse un % de una futura venta? (a) Sí, si el contrato está redactado como el 99% de los que he visto en mi vida. Si no está redactado así, como decía al principio, es para poner contra el paredón al abogado que dijo que se firmase. (b) Tienen que amortizar el total en el momento que se deshacen del activo (el jugador); se mantienen como activos intangibles pero en este caso pasan a ser contingentes. Es decir, como no hay una seguridad de que se van a cobrar y se puede medir con fiabilidad el importe -ambas condiciones-, no se llevan a balance (criterio de prudencia; se considera que es más parecido a hacer una apuesta, por ponerlo simple). En resumen, que no van a balance pero se describen en la memoria. Por eso es importante para el Barça que el jugador salga, porque así amortizan el activo y además no tienen que contabilizar -por prudencia- que pueda volver y cobrar su sueldo. (c) La diferencia es lo que explico en el punto anterior. Cuando vendes derechos deportivos (el 100%) pero te quedas derechos económicos, desaparece del balance. Es decir, el Racing a día de hoy no tiene en su balance esos derechos por Torre. Y lo que entre, entraría como ingreso extraordinario, con su efecto en el aumento del margen salarial. No soy auditor, así quizá haya excepciones que se me escapan, pero esto es lo que sucede en el 99% de los casos. En una operación de fusiones o acquisiciones ya intentas dar valor a esos derechos económicos, pero es donde vienen las mayores peleas, claro, porque todo son "y si...". Muchas gracias!! Ahora entiendo las decadas que llevamos escuchando vaguedades sobre este tipo de clausulas y posibles ingresos extraordinarios. Como para que cualquier periodista de la región se ponga a intentar analizar esto, comprenderlo y luego explicárselo a los oyentes/lectores... Me iria mas alla, yo no lo veo en medios nacionales como marca, as, sport, deportivo ... pedirselo a OGM ya ni cuento. Por eso estaria bien preguntarselo a los de arco a ver si investigan, porque si que creo que al menos llamarian a alguien entendido en la materia para arrojar luz. El que suele hablar para arco sobre todo para temas de balances cuando las juntas y demas, que es bastante activo en tuiter y no recuerdo ahora su nombre, seguro que sabe como van estas historias. ¿ Puede ser Manuexma? Manuel Expósito sabe mucho de estructura contable, es auditor en EY, y sus cálculos, sobre todo para el límite salarial y los análisis de deuda suelen estar muy afinados. |
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