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Medueles_Racing
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#1•04/Jul/2007, 22:04•Editado por Medueles_Racing

 Esta tarde he tenido una violentísima discusión con un amigo (ha habido incluso un pellizco, no os digo más) sobre el tema fiscal.Voy a tratar de explicar la situación, es un caso sencillo pero son estos los que más discusiones generan:

Pongamos como ejemplo una ferretería, en la que el jefe paga a  uno de sus empleados (que en el caso hipotético planteado, coincide ser su cuñado) como nómina declarada 900 euros.Eso  es lo que ambos declaran, pero como estareis intuyendo el jefe le da en un sobre otros 1000 euros más.

Según la teoría A:

No puede ser considerado fraude (adjunto definición de la R.A.E al final del mensaje), ya que ese dinero "extra" el jefe lo puede sacar de donde le de la gana y hacer con él lo que le de la gana y Hacienda no es nadie para investigar en que se gasta el dinero cada uno.Con los beneficios de su empresa puede hacer lo que quiera, y ese sobre es considerado un "regalo", de la misma manera que le podría regalar un brillante a su secretaria todos los meses porque le gustan sus labios.
Esta teoría se pregunta por la cantidad que sería necesaria regalar para que empezase a ser fraude ,cuestionando de esta manera, todo el sistema.

Teoría B:

Existe el fraude aunque  Hacienda sea incapaz de demostrar que existe, porque el fraude es independiente de cantidades, sino que concierne a las voluntades.Aunque no se pueda demostrar se está defraudando y Hacienda tiene la capacidad y el deber de investigar si se ha producido o no, entrando incluso en la privacidad de las cuentas de empleados y jefes.

fraude.

(Del lat. fraus, fraudis).

1. m. Acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete.

2. m. Acto tendente a eludir una disposición legal en perjuicio del Estado o de terceros.

3. m. Der. Delito que comete el encargado de vigilar la ejecución de contratos públicos, o de algunos privados, confabulándose con la representación de los intereses opuestos.


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racingsant
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#2•04/Jul/2007, 22:24
Escrito originalmente por Meduelesracing
Esta tarde he tenido una violentísima discusión con un amigo (ha habido incluso un pellizco, no os digo más) sobre el tema fiscal.Voy a tratar de explicar la situación, es un caso sencillo pero son estos los que más discusiones generan:

Pongamos como ejemplo una autoescuela, en la que el jefe paga a  uno de sus empleados (que en el caso hipotético planteado, coincide ser su cuñado) como nómina declarada 900 euros.Eso  es lo que ambos declaran, pero como estareis intuyendo el jefe le da en un sobre otros 1000 euros más.

Según la teoría A:

No puede ser considerado fraude (adjunto definición de la R.A.E al final del mensaje), ya que ese dinero "extra" el jefe lo puede sacar de donde le de la gana y hacer con él lo que le de la gana y Hacienda no es nadie para investigar en que se gasta el dinero cada uno.Con los beneficios de su empresa puede hacer lo que quiera, y ese sobre es considerado un "regalo", de la misma manera que le podría regalar un brillante a su secretaria todos los meses porque le gustan sus labios.
Esta teoría se pregunta por la cantidad que sería necesaria regalar para que empezase a ser fraude ,cuestionando de esta manera, todo el sistema.

Teoría B:

Existe el fraude aunque se Hacienda sea incapaz de demostrar que existe, porque el fraude es independiente de cantidades, sino que concierne a las voluntades.Aunque no se pueda demostrar se está defraudando y Hacienda tiene la capacidad y el deber de investigar si se ha producido o no, entrando incluso en la privacidad de las cuentas de empleados y jefes.


fraude.

(Del lat. fraus, fraudis).

1. m. Acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete.

2. m. Acto tendente a eludir una disposición legal en perjuicio del Estado o de terceros.

3. m. Der. Delito que comete el encargado de vigilar la ejecución de contratos públicos, o de algunos privados, confabulándose con la representación de los intereses opuestos.


De que labios estamos hablando,de ser unos u otros la cosa varia
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#3•04/Jul/2007, 22:29

Tu sostenias la B, no?
Pues yo creo que es la A la acertada..

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buniel
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#4•04/Jul/2007, 22:32

Se considera salario todo lo que el trabajador percibe, y desde luego si todos los meses le paga 1000 euros mas, eso es salario y el trabajador lo consolida. El empresario tiene la obligación de cotizar a la SS por esos 1000 euros y el trabajador la obligación de declararlo a hacienda. Si el empresario no lo cotiza el currela se lo puede reclamar, y la inspección de trabajo sancionarle.
El delito fiscal a partir de 120000 euros de fraude por ejercicio.

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#5•04/Jul/2007, 22:35
Escrito originalmente por buniel
Se considera salario todo lo que el trabajador percibe, y desde luego si todos los meses le paga 1000 euros mas, eso es salario y el trabajador lo consolida. El empresario tiene la obligación de cotizar a la SS por esos 1000 euros y el trabajador la obligación de declararlo a hacienda. Si el empresario no lo cotiza el currela se lo puede reclamar, y la inspección de trabajo sancionarle.
El delito fiscal a partir de 120000 euros de fraude por ejercicio.
Creo que no has entendido el meollo Buni, la opción A defiende la posibilidad de que esos 1000 euros sean considerados un "regalo" y que nadie está en el derecho moral de saber si lo es o no.
Sigo con el ejemplo de la secretaria, el jefe le regala todos los meses, o cada dos, da igual, un brillante, ¿no se podría decir que es un tipo tremendamente romántico?
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buniel
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#6•04/Jul/2007, 22:46
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por buniel
Se considera salario todo lo que el trabajador percibe, y desde luego si todos los meses le paga 1000 euros mas, eso es salario y el trabajador lo consolida. El empresario tiene la obligación de cotizar a la SS por esos 1000 euros y el trabajador la obligación de declararlo a hacienda. Si el empresario no lo cotiza el currela se lo puede reclamar, y la inspección de trabajo sancionarle.
El delito fiscal a partir de 120000 euros de fraude por ejercicio.
Creo que no has entendido el meollo Buni, la opción A defiende la posibilidad de que esos 1000 euros sean considerados un "regalo" y que nadie está en el derecho moral de saber si lo es o no.
Sigo con el ejemplo de la secretaria, el jefe le regala todos los meses, o cada dos, da igual, un brillante, ¿no se podría decir que es un tipo tremendamente romántico?
El que no va a entender el meollo Medu, es el Magistrado de lo Social. Y el trabajador tampoco, si tu le pagas todos los meses 1000 euros en negro pasa a formar parte de su salario, por que el Magistrado de lo Social va a entender que forma parte de la retribución de su curro. Y sobre ese salario tienes que cotizar a la seguridad social, y sobre ese salario se calcula la base para la jubilación, para el paro, etc.  Date por jodido en lo social y frente  al Inspector de Trabajo, no creo que cuela decir que se lo pagas porque eres muy romantico. Respecto al brillante puede argumentarse que te la calzas a diario y que es tu amante y tal y cual, y puedes defenderlo con éxito, pues puedes llegar a probar que no se lo pagas como parte del salario sino por lo bien que besa, aunque puedes llegar a perder el juicio. Pero pagando una cantidad en b todos los meses, está clarisimo que el empresario lo paga como parte del salario. Aunque comienze como una liberalidad. El trabajador lo consolida. y nace la obligación de pagarlo en el empresario, asi de fácil y así de duro. Estos trabajadores!!!!
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#7•04/Jul/2007, 22:57
Escrito originalmente por buniel
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por buniel
Se considera salario todo lo que el trabajador percibe, y desde luego si todos los meses le paga 1000 euros mas, eso es salario y el trabajador lo consolida. El empresario tiene la obligación de cotizar a la SS por esos 1000 euros y el trabajador la obligación de declararlo a hacienda. Si el empresario no lo cotiza el currela se lo puede reclamar, y la inspección de trabajo sancionarle.
El delito fiscal a partir de 120000 euros de fraude por ejercicio.
Creo que no has entendido el meollo Buni, la opción A defiende la posibilidad de que esos 1000 euros sean considerados un "regalo" y que nadie está en el derecho moral de saber si lo es o no.
Sigo con el ejemplo de la secretaria, el jefe le regala todos los meses, o cada dos, da igual, un brillante, ¿no se podría decir que es un tipo tremendamente romántico?
El que no va a entender el meollo Medu, es el Magistrado de lo Social. Y el trabajador tampoco, si tu le pagas todos los meses 1000 euros en negro pasa a formar parte de su salario, por que el Magistrado de lo Social va a entender que forma parte de la retribución de su curro. Y sobre ese salario tienes que cotizar a la seguridad social, y sobre ese salario se calcula la base para la jubilación, para el paro, etc.  Date por jodido en lo social y frente  al Inspector de Trabajo, no creo que cuela decir que se lo pagas porque eres muy romantico. Respecto al brillante puede argumentarse que te la calzas a diario y que es tu amante y tal y cual, y puedes defenderlo con éxito, pues puedes llegar a probar que no se lo pagas como parte del salario sino por lo bien que besa, aunque puedes llegar a perder el juicio. Pero pagando una cantidad en b todos los meses, está clarisimo que el empresario lo paga como parte del salario. Aunque comienze como una liberalidad. El trabajador lo consolida. y nace la obligación de pagarlo en el empresario, asi de fácil y así de duro. Estos trabajadores!!!!
Te entiendo pero de momento no me has esgrimido ningún artículo, ninguna cantidad, ninguna ley  por la que se pueda considerar fraude y no "regalo".No se puede juzgar a nadie basándose en lo que dicta el sentido común sin tener una base jurídica.¡¡¡quiero datos científicos!!!
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buniel
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#8•04/Jul/2007, 23:03

Artículo 26. Del salario.

1. Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo

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#9•04/Jul/2007, 23:07
Escrito originalmente por buniel
Artículo 26. Del salario.

1. Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo
Muy bien, pero en ese artículo ya están incluidos los 900 euros legales de la nómina.¡Lo otro puede ser un regalo porque le cae bien!
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#10•04/Jul/2007, 23:08

Los "regalos" no hay que declararlos a hacienda? Yo te regalo x euros y tu me regalas tu coche. Todo podría entenderse como "regalo".

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#11•04/Jul/2007, 23:11
Escrito originalmente por Castro2
Los "regalos" no hay que declararlos a hacienda? Yo te regalo x euros y tu me regalas tu coche. Todo podría entenderse como "regalo".
¿Declararías un ramo de flores?
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#12•04/Jul/2007, 23:12
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por buniel
Artículo 26. Del salario.

1. Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo
Muy bien, pero en ese artículo ya están incluidos los 900 euros legales de la nómina.¡Lo otro puede ser un regalo porque le cae bien!
Si hay un mes en el cual el empresario tiene una liberalidad con el currito, pues puede aceptarse, . Pero todos los meses un regalo que supera además el salario reconocido...4. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir
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#13•04/Jul/2007, 23:13•Editado por Medueles_Racing
Escrito originalmente por buniel
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por buniel
Artículo 26. Del salario.

1. Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo
Muy bien, pero en ese artículo ya están incluidos los 900 euros legales de la nómina.¡Lo otro puede ser un regalo porque le cae bien!
Si hay un mes en el cual el empresario tiene una liberalidad con el currito, pues puede aceptarse, . Pero todos los meses un regalo que supera además el salario reconocido...4. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir
Eso ya me gusta más, con leyes todo está más claro.
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#14•04/Jul/2007, 23:16

No se donde estará o dejará de estar el límite legal, pero que hay que declarar "regalos" fijo. Sino nadie pagaría a hacienda.

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#15•04/Jul/2007, 23:18
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por Castro2
Los "regalos" no hay que declararlos a hacienda? Yo te regalo x euros y tu me regalas tu coche. Todo podría entenderse como "regalo".
¿Declararías un ramo de flores?
Ni el café. Pero los regalos caros pueden estar sometidos a tributación en virtud del impuesto de donaciones, que no se si existe  en Cantabria.
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#16•04/Jul/2007, 23:25
Escrito originalmente por buniel
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por Castro2
Los "regalos" no hay que declararlos a hacienda? Yo te regalo x euros y tu me regalas tu coche. Todo podría entenderse como "regalo".
¿Declararías un ramo de flores?
Ni el café. Pero los regalos caros pueden estar sometidos a tributación en virtud del impuesto de donaciones, que no se si existe  en Cantabria.
¿A cuanto asciende un regalo caro?
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#17•04/Jul/2007, 23:26

retribuciones en especie, impuesto de donaciones, impuesto sobre transmisiones patrimoniales, impuesto sobre el patrimonio....
 a Hacienda no se le escapa nada, cualquier supuesto del este tipo o relacionado siempre tienen las de ganar.

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#18•04/Jul/2007, 23:28
Escrito originalmente por nosomosnadie
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Escrito originalmente por buniel
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Escrito originalmente por Castro2
Los "regalos" no hay que declararlos a hacienda? Yo te regalo x euros y tu me regalas tu coche. Todo podría entenderse como "regalo".
¿Declararías un ramo de flores?
Ni el café. Pero los regalos caros pueden estar sometidos a tributación en virtud del impuesto de donaciones, que no se si existe  en Cantabria.
¿A cuanto asciende un regalo caro?
Los gastos sin justificar de una empresa están tabulados dependiendo de la actividad y el volumen de negocio.
¡¡¡Súbela a Megaupload!!!
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#19•04/Jul/2007, 23:48

Hacienda nosomosnadie.

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#20•04/Jul/2007, 23:48
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por buniel
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por Castro2
Los "regalos" no hay que declararlos a hacienda? Yo te regalo x euros y tu me regalas tu coche. Todo podría entenderse como "regalo".
¿Declararías un ramo de flores?
Ni el café. Pero los regalos caros pueden estar sometidos a tributación en virtud del impuesto de donaciones, que no se si existe  en Cantabria.
¿A cuanto asciende un regalo caro?
La donación de pisos debe de hacerse en escritura notarial. Para cambiar el coche de titular tienes que prersentar en tráfico la solicitud; ahí ya estás pillado. Ahora no se cual es la cantidad a partir de la cual debes de cotizar, es mas creo que no la hay.
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#21•06/Jul/2007, 12:27

Como bien dice Buniel es un claro fraude de ley, pero además es jurisprudencia constante que un regalo que se da en misma cantidad durante todos los meses a un asalariado es salario que  pretende eludir las obligaciones con Hacienda, SS, etc. Buscaré alguna sentencia y las citaré.

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#22•06/Jul/2007, 14:06

A mí una subcontrata me pagaba 80.000pts. en nómina y 110.000 en "dietas".

Menos mal que cuando fuí a pedir la cuenta, me echaron, jejeje.

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#23•06/Jul/2007, 15:06
Escrito originalmente por nosomosnadie
Bueno Medueles, al final no nos contaste en que acabó esto. ¿Aceptaste el dinero negro o les pediste que te lo hicieran todo legal?
¡¡¡Nunca se sabe quien puede estar leyendo!!!
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#24•06/Jul/2007, 15:12
Escrito originalmente por Meduelesracing
Escrito originalmente por nosomosnadie
Bueno Medueles, al final no nos contaste en que acabó esto. ¿Aceptaste el dinero negro o les pediste que te lo hicieran todo legal?
¡¡¡Nunca se sabe quien puede estar leyendo!!!
¡¡¡Pues miente!!!
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